martes, 16 de septiembre de 2025

๐Ÿ• ๐ฉ๐ž๐ซ๐ฌ๐จ๐ง๐š๐ฌ ๐š๐ฉ๐ซ๐ž๐ก๐ž๐ง๐๐ข๐๐š๐ฌ ๐ž๐ง ๐š๐ฅ๐ญ๐š๐ฆ๐š๐ซ ๐ฌ๐จ๐ง ๐ฉ๐ซ๐จ๐œ๐ž๐ฌ๐š๐๐š๐ฌ ๐ฉ๐จ๐ซ ๐ญ๐ซ๐š́๐Ÿ๐ข๐œ๐จ ๐๐ž ๐๐ซ๐จ๐ ๐š๐ฌ


๐Ÿ“ ๐๐ฎ๐ข๐ญ๐จ (#๐๐ข๐œ๐ก๐ข๐ง๐œ๐ก๐š), ๐Ÿ๐Ÿ” ๐๐ž ๐ฌ๐ž๐ฉ๐ญ๐ข๐ž๐ฆ๐›๐ซ๐ž ๐๐ž ๐Ÿ๐ŸŽ๐Ÿ๐Ÿ“.- Siete personas –actualmente con prisiรณn preventiva por presunto trรกfico de drogas– fueron entregadas por el personal de la Armada Nacional, en el puerto de Esmeraldas, a la Fiscalรญa General del Estado y a la Policรญa Nacional.
A inicios de septiembre de 2025, los ahora procesados fueron aprehendidos en aguas internacionales por la guardacostas estadounidense USCGC Stone, que posteriormente coordinรณ con la Armada ecuatoriana su devoluciรณn al paรญs.


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El primer grupo, conformado por Juan Carlos D. M., Francisco Bernaldo D. M., Christian Rodolfo M. C., Josรฉ David C. M. y Jonathan Josรฉ P. L., fue sorprendido por lanchas rรกpidas de la guardia costera norteamericana mientras transportaban 750 kilos de cocaรญna.
Los bloques estaban marcados con el nรบmero 748, con un 7 encerrado en un cรญrculo y, en otros casos, con la letra L.
Por su parte, Mauricio Alexis A. M. y Wilinton Fernando R. V. fueron interceptados cuando trasladaban una tonelada y media de cocaรญna.
La carga estaba compuesta por 1.390 bloques, guardados en treinta y un sacos de yute, con figuras y logotipos como TX7, 111, 0202, Reebok, CHANEL, Dior, entre otros.
La aprehensiรณn de este segundo grupo se registrรณ el 2 de septiembre de 2025. Ellos permanecieron bajo custodia estadounidense hasta su entrega a la Armada del Ecuador, el sรกbado 13 de septiembre.
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En dos audiencias de calificaciรณn de flagrancia y formulaciรณn de cargos, el Fiscal a cargo sustentรณ la legalidad de las aprehensiones ante los Jueces especializados en Crimen Organizado, en Quito, con base en el artรญculo 529 del Cรณdigo Orgรกnico Integral Penal (COIP):
“En los casos de aprehensiones en situaciรณn de flagrancia en zonas de difรญcil acceso o en altamar, la audiencia de calificaciรณn de flagrancia tendrรก lugar dentro de las 24 horas subsiguientes del arribo a un centro poblado o puerto seguro”.
Una vez calificadas las flagrancias, los Jueces escucharon la formulaciรณn de cargos de Fiscalรญa. La Instituciรณn presentรณ las actas de los indicios entregados por la USCGC Stone a la Armada del Ecuador en fundas selladas al momento de la entrega de los aprehendidos, mismas que constan en el expediente bajo cadena de custodia.
Los indicios incluyen: telรฉfonos celulares, dinero en efectivo, cรฉdulas de identidad, telรฉfonos satelitales, el registro de una sonoboya, los videos de las aprehensiones, la droga incautada y sus respectivas actas de verificaciรณn y pesaje.
Los procesados recibieron prisiรณn preventiva y se abrieron dos instrucciones fiscales en su contra, cada una con un plazo de treinta dรญas.
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Ambos casos, cuyas audiencias se desarrollaron el 14 de septiembre de 2025, se procesan con base en el artรญculo 220, numeral 1, literal d, del COIP.

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